Guía actualizada en octubre de 2026.
Conseguir un visado o una autorización de residencia para teletrabajo de carácter internacional no significa que automáticamente vayas a pagar un 24 % de impuestos en España.
Ese es uno de los errores más frecuentes cuando se habla del llamado Visado de Nómada Digital y de la popular “Ley Beckham”.
Las tres preguntas que debes separar
Para saber cuánto tributará un nómada digital en España hay que resolver tres cuestiones distintas:
- ¿Tienes derecho a vivir y teletrabajar desde España? Esto pertenece a extranjería y se regula principalmente por la Ley 14/2013.
- ¿Eres residente fiscal en España? Esto se determina por las reglas fiscales de residencia.
- Si eres residente fiscal, ¿puedes y te conviene acogerte al régimen especial del artículo 93? Es la llamada Ley Beckham.
Confundir estos tres niveles puede llevar a calcular mal los impuestos incluso aunque el permiso de residencia esté perfectamente concedido.
¿Cuándo se considera residente fiscal en España a un nómada digital?
Como regla general, una persona física puede ser considerada residente fiscal en España cuando concurra alguno de los criterios previstos en la Ley del IRPF.
El más conocido es permanecer:
más de 183 días durante el año natural en territorio español.
Pero no es el único criterio.
También puede existir residencia fiscal cuando radique en España, de forma directa o indirecta, el núcleo principal o la base de las actividades o intereses económicos.
Además existen reglas y presunciones que pueden resultar relevantes según dónde residan el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores dependientes.
¿Qué ocurre si eres residente fiscal y NO aplicas la Ley Beckham?
En ese caso, con carácter general tributarás por el IRPF ordinario.
Eso supone que España grava, con las reglas y límites que correspondan:
- Salarios.
- Rendimientos de actividad económica.
- Intereses.
- Dividendos.
- Alquileres.
- Ganancias patrimoniales.
- Y demás rentas obtenidas tanto en España como en el extranjero.
Es lo que normalmente se denomina tributación por la renta mundial.
Cuando una misma renta también tributa en otro país pueden entrar en juego:
- El convenio para evitar la doble imposición aplicable.
- Las reglas internas de deducción por doble imposición.
- La naturaleza exacta de la renta.
¿Qué es realmente la “Ley Beckham”?
La llamada Ley Beckham no es un impuesto independiente ni una rebaja automática para extranjeros.
Es el régimen fiscal especial aplicable a trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español regulado en el artículo 93 de la Ley del IRPF.
La persona:
- Adquiere la residencia fiscal en España.
- Sigue siendo contribuyente del IRPF.
- Pero puede optar por calcular su tributación conforme a determinadas reglas del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
El régimen se aplica, si se mantienen los requisitos, durante:
el año en que se adquiere la residencia fiscal en España y los cinco períodos impositivos siguientes.
Por tanto, su duración potencial normal es de hasta seis ejercicios fiscales.
¿Un nómada digital puede acogerse a la Ley Beckham?
Sí, muchos pueden hacerlo, pero no todos.
Trabajador por cuenta ajena que teletrabaja para una empresa extranjera
La regulación vigente desde 2023 contempla expresamente el trabajo a distancia.
Se entiende cumplida la causa de desplazamiento cuando la actividad laboral se presta a distancia mediante medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación.
La Agencia Tributaria señala de forma expresa el supuesto de los:
trabajadores por cuenta ajena que cuentan con el visado para teletrabajo de carácter internacional de la Ley 14/2013.
Por eso, un empleado que se traslada a España y continúa trabajando en remoto para su empresa extranjera puede encajar en el artículo 93 si también reúne el resto de requisitos.
Profesional o autónomo con autorización de nómada digital
Aquí hay que tener mucho más cuidado.
La Ley 14/2013 permite que la autorización de teletrabajo internacional se base tanto en:
- Una relación laboral.
- Como en una relación profesional o mercantil.
Sin embargo, el simple hecho de tener la autorización como profesional no convierte automáticamente esa actividad autónoma en una actividad incluida en la Ley Beckham.
Para entrar en el régimen especial como profesional por cuenta propia debe encajarse en alguno de los supuestos que admite el artículo 93, por ejemplo:
- Realización en España de una actividad económica calificada como emprendedora conforme a la Ley 14/2013.
- Actividad de un profesional altamente cualificado que preste servicios a empresas emergentes.
- Determinadas actividades de formación, investigación, desarrollo e innovación, cumpliendo sus condiciones específicas.
Requisito clave: no haber sido residente fiscal en España durante los 5 años anteriores
Desde la reforma aplicable a partir de 2023 el período previo de no residencia se redujo.
Para la regulación actual se exige:
no haber sido residente fiscal en España durante los cinco períodos impositivos anteriores a aquel en el que se produzca el desplazamiento.
Por ejemplo, una persona que ya venía siendo residente fiscal español durante parte de ese período puede no cumplir este requisito aunque ahora obtenga una autorización de nómada digital.
El desplazamiento debe producirse por una causa admitida
No basta con mudarse a España y después intentar aplicar el régimen.
El desplazamiento debe producirse, en el primer año de aplicación o en el año anterior, como consecuencia de alguno de los supuestos admitidos por la norma.
Para un teletrabajador internacional por cuenta ajena, el supuesto más habitual será:
la relación laboral que puede desarrollarse a distancia desde España.
Existen además otros supuestos para:
- Administradores de entidades.
- Emprendedores.
- Profesionales altamente cualificados en las situaciones previstas legalmente.
¿Es verdad que se paga un 24 %?
Sí, pero la frase necesita muchos matices.
En el régimen especial, la escala aplicable a la base correspondiente a determinadas rentas —entre ellas los rendimientos del trabajo— es:
| Base | Tipo |
|---|---|
| Hasta 600.000 € | 24 % |
| Parte que exceda de 600.000 € | 47 % |
Por eso decir:
“con la Ley Beckham todo tributa al 24 %”
es incorrecto.
Ejemplo sencillo con un salario de 50.000 €
Si una persona acogida al régimen obtiene 50.000 € de rendimientos del trabajo sujetos a la escala general especial y simplificamos el ejemplo sin introducir otras partidas:
50.000 € × 24 % = 12.000 €.
Es únicamente una ilustración para entender el tipo.
La declaración real puede incorporar:
- Retenciones.
- Pagos a cuenta.
- Deducción por doble imposición cuando proceda.
- Otros tipos de renta.
- Reglas temporales de imputación.
Ejemplo con 700.000 € de rendimientos
De forma simplificada:
- Primeros 600.000 € × 24 % = 144.000 €.
- 100.000 € restantes × 47 % = 47.000 €.
Total teórico de ese cálculo:
191.000 €.
¿Cómo tributan dividendos, intereses y determinadas ganancias patrimoniales?
Determinadas rentas obtenidas en territorio español, como dividendos, intereses y ganancias patrimoniales incluidas en la base correspondiente, utilizan su propia escala.
| Tramo de base | Tipo |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19 % |
| 6.000 € – 50.000 € | 21 % |
| 50.000 € – 200.000 € | 23 % |
| 200.000 € – 300.000 € | 27 % |
| Más de 300.000 € | 30 % |
¿Se pagan impuestos en España por los ingresos del trabajo extranjero?
Sí, si estás acogido al régimen especial.
Durante su aplicación, la totalidad de los rendimientos del trabajo obtenidos por el contribuyente se entienden obtenidos en territorio español a estos efectos.
Esto es especialmente importante para el nómada digital que piensa:
“como mi empresa está en Estados Unidos, Reino Unido, Alemania o cualquier otro país, mi salario es renta extranjera y España no lo grava”.
Esa conclusión no es correcta para el salario bajo este régimen.
¿Y mis inversiones y rentas realmente extranjeras?
Una de las principales particularidades del régimen es que, con carácter general, la tributación se centra en las rentas que se consideran obtenidas en territorio español conforme a las reglas aplicables, con la regla especial ya explicada para los rendimientos del trabajo y ciertas actividades económicas.
Por ello, determinados:
- Dividendos de fuente extranjera.
- Intereses de fuente extranjera.
- Ganancias patrimoniales sobre determinados activos extranjeros.
pueden quedar fuera de la imposición española del régimen especial si realmente no se consideran renta obtenida en España.
Pero la fuente fiscal de una renta no debe decidirse únicamente por el país donde esté abierta una cuenta o domiciliado un bróker.
La naturaleza de la renta y las reglas legales de localización son esenciales.
¿Puedo usar un convenio de doble imposición como residente de España?
Existe una particularidad importante.
La Agencia Tributaria indica que quienes aplican este régimen especial no tienen la consideración de residentes a efectos de la aplicación de los convenios de doble imposición, debido a la forma especial en la que quedan sometidos a imposición.
Esto no significa que cualquier impuesto pagado fuera se pierda necesariamente.
La normativa prevé, en determinados casos, una deducción por doble imposición internacional, especialmente respecto de los rendimientos a los que la norma atribuye fuente española.
Si intervienen dos países, conviene revisar el caso concreto antes de asumir qué Estado puede gravar cada renta.
Modelo 149: no basta con cumplir los requisitos
El régimen es opcional.
La comunicación de la opción se realiza mediante el:
Modelo 149.
Para el contribuyente principal, el plazo general de opción es:
seis meses desde la fecha de inicio de la actividad que conste en el alta en la Seguridad Social española, en la documentación que permita mantener la legislación de Seguridad Social de origen o, cuando no sea obligatoria el alta, en el documento que permita acreditar la fecha de inicio de la actividad.
Modelo 151: la declaración anual del régimen especial
Quien ha optado correctamente por el régimen no presenta su IRPF anual igual que un contribuyente ordinario.
Debe utilizar el:
Modelo 151 – Declaración del IRPF, régimen especial aplicable a trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español.
Las retenciones soportadas durante el año se tienen en cuenta en la liquidación correspondiente.
¿La empresa debe retener un 24 %?
Para los rendimientos del trabajo sujetos al régimen, la normativa establece una retención del 24 %.
Cuando las retribuciones satisfechas por un mismo pagador durante el año superan 600.000 €, el porcentaje de retención sobre el exceso es del 47 % para los ejercicios actuales.
En un teletrabajo con empresa extranjera puede ser necesario estudiar además:
- Si la empresa tiene obligación de practicar retenciones españolas.
- Cómo está estructurada la nómina.
- Si existe representante o establecimiento en España.
- Cómo se coordinan las obligaciones con el país del empleador.
Seguridad Social y fiscalidad no son lo mismo
Otro error frecuente es mezclar:
- IRPF.
- Seguridad Social.
- Visado de extranjería.
Puedes cumplir los requisitos migratorios y necesitar, además, resolver por separado:
- Alta en la Seguridad Social española.
- Certificado de cobertura del sistema extranjero cuando exista convenio y resulte aplicable.
- Obligaciones empresariales.
La forma de cotizar no determina por sí sola si puedes aplicar el régimen fiscal del artículo 93.
¿Hay que presentar el Modelo 720 por bienes en el extranjero?
La Agencia Tributaria responde expresamente que una persona acogida al régimen especial del artículo 93 no está obligada a presentar el Modelo 720 por sus bienes y derechos situados en el extranjero.
Pero cuidado:
esa respuesta se refiere a quien realmente está acogido al régimen.
Un nómada digital que tribute por el IRPF ordinario puede estar sujeto a las reglas generales del Modelo 720 si supera sus límites y se dan sus restantes requisitos.
¿Cómo afecta el Impuesto sobre el Patrimonio?
Los contribuyentes acogidos al artículo 93 quedan sujetos al Impuesto sobre el Patrimonio por obligación real.
En términos generales, esto centra el impuesto en los bienes y derechos que estén situados, puedan ejercitarse o deban cumplirse en España.
Por tanto, tampoco debe confundirse con la situación de un residente fiscal ordinario sometido a la regulación general.
¿Puede acogerse también mi familia?
Desde la reforma vigente a partir de 2023, determinadas personas del núcleo familiar pueden optar también por el régimen especial si cumplen los requisitos legales.
Entre ellas pueden encontrarse:
- El cónyuge.
- Los hijos menores de 25 años.
- Los hijos de cualquier edad si tienen discapacidad.
- En ausencia de vínculo matrimonial, el progenitor de los hijos en los supuestos previstos legalmente.
Entre otras condiciones:
- Deben desplazarse con el contribuyente principal o dentro del período permitido.
- Deben adquirir residencia fiscal en España.
- Deben cumplir las condiciones de no residencia previa y otras exigencias del régimen.
- La suma de sus bases liquidables debe respetar el límite previsto respecto de la del contribuyente principal.
¿Siempre compensa la Ley Beckham?
No.
El 24 % resulta atractivo cuando se compara con determinados tipos marginales del IRPF ordinario, pero el cálculo correcto no consiste en comparar únicamente dos porcentajes.
Hay que estudiar:
- Salario anual.
- Comunidad autónoma en la que se residiría bajo régimen ordinario.
- Situación familiar.
- Posibles mínimos personales y familiares.
- Rentas de inversiones.
- Inmuebles en España y en el extranjero.
- Ganancias patrimoniales previstas.
- Deducciones que podrían existir en IRPF ordinario.
- Impuestos pagados fuera de España.
Una persona con un salario relativamente moderado y circunstancias familiares favorables puede obtener un resultado distinto al de otra con el mismo salario y una cartera de inversiones internacionales importante.
Comparación rápida: IRPF ordinario vs, ley Beckham
| Aspecto | IRPF ordinario | Artículo 93 |
|---|---|---|
| Residencia fiscal | Sí | Sí, con régimen especial |
| Renta mundial | Regla general: sí | No de la misma forma; se aplican reglas especiales de fuente |
| Salario | Escala progresiva estatal + autonómica | 24 % hasta 600.000 € y 47 % sobre el exceso |
| Modelo anual habitual | Modelo 100 | Modelo 151 |
| Opción previa | No | Sí, modelo 149 |
| Modelo 720 | Puede existir obligación | AEAT: no obligado por el régimen |
Errores que pueden salir muy caros
- Creer que el visado concede automáticamente el 24 %.
- No presentar el modelo 149 dentro de plazo.
- Dar por hecho que cualquier autónomo nómada digital entra en la Ley Beckham.
- Contar solo días de estancia sin analizar el centro de intereses económicos.
- Considerar “extranjero” todo salario pagado desde una cuenta bancaria fuera de España.
- Confundir Seguridad Social con residencia fiscal.
- Aplicar el 24 % a dividendos, intereses y ganancias sin analizar su escala.
- Creer que un convenio de doble imposición funciona exactamente igual para un contribuyente del artículo 93 que para un residente fiscal ordinario.
Checklist antes de mudarte a España
- Calcula cuántos días permanecerás en España durante el año natural.
- Comprueba dónde estará tu centro principal de intereses económicos.
- Confirma que no fuiste residente fiscal español en los cinco períodos anteriores.
- Determina si eres empleado, emprendedor o profesional y por qué supuesto concreto del artículo 93 entrarías.
- Revisa la fecha real de comienzo de actividad en España.
- Controla el plazo de seis meses del modelo 149.
- Analiza las obligaciones de retención de tu empleador.
- Revisa Seguridad Social de forma independiente.
- Haz una simulación comparando IRPF ordinario y régimen especial.
- Clasifica tus inversiones e inmuebles por país y por naturaleza fiscal.
Preguntas frecuentes
¿El visado de nómada digital incluye automáticamente la Ley Beckham?
No. La autorización migratoria y el régimen fiscal son procedimientos diferentes, el artículo 93 exige requisitos propios y una opción expresa.
¿Todos los nómadas digitales pagan un 24 %?
No, el 24 % corresponde a determinados rendimientos dentro del régimen especial y hasta 600.000 €, quien no aplica el régimen puede tributar por el IRPF ordinario.
¿Un autónomo con visado de nómada digital puede usar la Ley Beckham?
No por el mero hecho de tener el visado, su actividad debe encajar en alguno de los supuestos profesionales o empresariales que admite el artículo 93 y cumplir sus restantes requisitos.
¿Cuántos años previos debo haber estado fuera de España?
La regulación actual exige no haber sido residente fiscal en España durante los cinco períodos impositivos anteriores al desplazamiento.
¿Cuánto dura el régimen?
El ejercicio en que se adquiere la residencia fiscal más los cinco ejercicios siguientes, siempre que se mantengan los requisitos.
¿Qué modelo se usa para solicitarlo?
La opción se comunica con el modelo 149.
¿Qué declaración de la renta presenta después el impatriado?
El régimen utiliza el modelo 151.
¿Mi salario de una empresa extranjera queda fuera de España?
No bajo esta regla, durante la aplicación del régimen, los rendimientos del trabajo del contribuyente se consideran obtenidos en territorio español a estos efectos.
¿Tengo que presentar el Modelo 720?
La AEAT indica que las personas acogidas al régimen fiscal especial del artículo 93 no tienen obligación de presentar el Modelo 720 por bienes y derechos situados en el extranjero.
¿La Ley Beckham evita pagar Seguridad Social?
No, es un régimen fiscal, la cotización debe analizarse conforme a las reglas de Seguridad Social españolas, europeas o del convenio internacional aplicable.
¿Puedo renunciar después al régimen?
La normativa prevé la renuncia y también la exclusión si dejan de cumplirse los requisitos, ambas circunstancias se comunican mediante el modelo 149 y tienen sus propios plazos y efectos.
Conclusión
El nómada digital que se traslada a España debe hacer un análisis fiscal antes de asumir que tributará al 24 %.
Para un empleado remoto que cumple los requisitos, el régimen del artículo 93 puede ser una herramienta fiscal muy relevante, pero su aplicación depende de la residencia fiscal, de la causa del desplazamiento, de no haber sido residente en los cinco ejercicios anteriores y de ejercitar la opción correctamente.
En profesionales y autónomos el análisis debe ser todavía más preciso, porque la autorización migratoria de teletrabajo internacional es más amplia que los supuestos fiscales que permiten acogerse a la llamada Ley Beckham.
Esta guía tiene finalidad informativa, en fiscalidad internacional, la existencia de rentas, empresas, inmuebles o impuestos en varios países puede cambiar sustancialmente el resultado, por lo que conviene revisar el caso concreto y la normativa vigente en el momento de presentar cada declaración.
Autora: María Becerra (Abogada)