Cuánto paro me corresponde en 2026: calcula importe y duración

Guía revisada a 7 de octubre de 2026.

Para saber cuánto paro te corresponde hay que hacer dos cuentas distintas, una sirve para calcular durante cuánto tiempo podrás cobrar la prestación y la otra para saber qué importe te corresponde cada mes, no se calculan con el mismo dato: la duración depende de los días que tengas cotizados por desempleo y la cantidad depende, sobre todo, de tus bases de cotización de los últimos 180 días.

Por eso dos personas que han trabajado exactamente tres años pueden tener la misma duración de paro y cobrar cantidades muy diferentes, también puede ocurrir lo contrario: dos personas con bases de cotización parecidas pueden cobrar casi lo mismo al mes, pero una durante cuatro meses y otra durante dos años.

Si quieres hacer una estimación bastante aproximada antes de que el SEPE resuelva tu solicitud, puedes seguir los pasos de esta guía, lo importante es no hacer la cuenta con el sueldo neto que llegaba al banco, porque ese es uno de los errores más habituales.

Resumen rápido: cómo se calcula el paro en 2026

La regla general de la prestación contributiva es esta:

  • Necesitas, con carácter general, al menos 360 días cotizados por desempleo para generar una prestación contributiva.
  • La duración se calcula con las cotizaciones computables de los seis años anteriores, aplicando la escala oficial del SEPE.
  • La base reguladora se obtiene a partir del promedio de las bases por desempleo de los últimos 180 días cotizados.
  • Durante los primeros 180 días de prestación se cobra el 70 % de la base reguladora.
  • Desde el día 181 se cobra el 60 % de la base reguladora.
  • El resultado está sometido a unos topes mínimos y máximos, en 2026 esos límites dependen de si tienes hijos o hijas a cargo y, si has trabajado a tiempo parcial, también del promedio de jornada de los últimos 180 días.

Después, sobre el importe reconocido pueden aplicarse descuentos de Seguridad Social y, cuando corresponda, retención de IRPF, por tanto, la cantidad que aparece como prestación bruta no tiene por qué coincidir exactamente con lo que finalmente recibes en la cuenta bancaria.

Primero: comprueba si tienes derecho a prestación contributiva

Para cobrar el paro contributivo no basta con haber trabajado alguna vez, a efectos de esta cuenta interesa saber cuántos días de cotización por desempleo tienes disponibles y no utilizados para un derecho anterior.

El mínimo general es de 360 días cotizados, si no llegas a esa cifra, no se calcula una prestación contributiva de tres, dos o un mes: simplemente no nace ese derecho por esta vía, dependiendo de tu situación personal y del tiempo cotizado, podrías encajar en un subsidio por cotizaciones insuficientes, pero ese es un cálculo diferente.

Los días que cuentan no tienen que proceder necesariamente de una sola empresa, pueden haberse acumulado mediante distintos contratos siempre que sean cotizaciones computables y estén dentro del periodo que corresponda.

Cuántos meses de paro corresponden según los días cotizados

El SEPE no concede un día de prestación por cada cierto número exacto de días trabajados, utiliza tramos, esta es la escala general vigente para la prestación contributiva:

Días cotizadosDías de prestaciónEquivalencia aproximada
De 360 a 539 días120 días4 meses
De 540 a 719 días180 días6 meses
De 720 a 899 días240 días8 meses
De 900 a 1.079 días300 días10 meses
De 1.080 a 1.259 días360 días12 meses
De 1.260 a 1.439 días420 días14 meses
De 1.440 a 1.619 días480 días16 meses
De 1.620 a 1.799 días540 días18 meses
De 1.800 a 1.979 días600 días20 meses
De 1.980 a 2.159 días660 días22 meses
Desde 2.160 días720 días24 meses

El máximo general es, por tanto, de 720 días de prestación, equivalentes a 24 mensualidades de 30 días.

Un detalle importante: los días que sobran dentro de un tramo no se guardan

Este punto suele provocar bastante confusión, imagina que tienes 420 días cotizados, estás dentro del tramo de 360 a 539 días, así que te corresponden 120 días de prestación, no se reconocen cuatro meses y se guardan los otros 60 días para sumarlos a una futura prestación.

El propio SEPE aclara este supuesto: los días comprendidos dentro del mismo tramo no quedan como una especie de saldo pendiente, con 360 días y con 539 días cotizados se generan, en ambos casos, 120 días de prestación.

Por eso, cuando estás cerca del siguiente tramo, la diferencia puede ser considerable, con 539 días cotizados corresponden cuatro meses de paro; con 540 días se pasa al tramo siguiente y corresponden seis meses.

Segundo: no utilices tu sueldo neto para calcular cuánto cobrarás

Una cuenta del tipo «cobraba 1.500 euros al mes, así que el paro será el 70 % de 1.500» puede salir mal, el SEPE utiliza la base de cotización por desempleo de los últimos 180 días cotizados, no el importe neto que recibías después de impuestos y cotizaciones.

En una nómina puedes encontrar distintas bases, para la prestación por desempleo se toman las bases por las que se haya cotizado por esta contingencia durante los últimos 180 días, la Ley General de la Seguridad Social establece además que las horas extraordinarias se excluyen del cálculo de la base reguladora de la prestación.

Si has tenido un salario estable, la base puede resultar parecida de un mes a otro, si has cambiado de empresa, jornada o sueldo durante los últimos seis meses, lo correcto es trabajar con las bases reales de ese periodo y no escoger únicamente la última nómina.

Cómo calcular la base reguladora del paro

Una forma sencilla de entenderlo es sumar las bases de cotización computables correspondientes a los últimos 180 días y obtener su promedio.

Ejemplo sencillo: supongamos que durante esos 180 días tus bases computables suman 9.000 euros.

9.000 € ÷ 180 días = 50 € de base reguladora diaria.

Como el SEPE paga la prestación por mensualidades de 30 días, esa base equivale, a efectos de una estimación mensual, a:

50 € × 30 = 1.500 € de base reguladora mensual.

Sobre esa base se aplican los porcentajes del 70 % y del 60 %, pero todavía hay que comprobar los límites mínimos y máximos.

Cuánto se cobra los primeros seis meses de paro

Durante los primeros 180 días de prestación corresponde el 70 % de la base reguladora.

Siguiendo el ejemplo anterior:

1.500 € × 70 % = 1.050 € brutos al mes.

Como 1.050 euros está dentro de los límites generales de 2026 para una persona que haya trabajado a jornada completa, esa sería la prestación bruta teórica antes de las deducciones que procedan.

Qué ocurre a partir del día 181

Desde el día 181 y hasta que se agote la prestación, el porcentaje baja al 60 % de la base reguladora.

Con la misma base reguladora mensual de 1.500 euros:

1.500 € × 60 % = 900 € brutos al mes.

Por tanto, una persona con esa base y con derecho, por ejemplo, a doce meses de prestación tendría una estimación de 1.050 euros brutos durante los primeros 180 días y 900 euros brutos desde el día 181 hasta el final, siempre que no exista alguna circunstancia que modifique el cálculo.

Topes mínimos y máximos del paro en 2026

Aplicar el 70 % o el 60 % no significa que puedas cobrar cualquier cantidad, la prestación contributiva tiene límites, el SEPE publica para 2026 los siguientes importes mensuales de referencia para quienes proceden de una jornada completa:

Situación familiarMínimo mensualMáximo mensual
Sin hijos/as a cargo560 €1.225 €
Con 1 hijo/a a cargo749 €1.400 €
Con 2 o más hijos/as a cargo749 €1.575 €

Estos importes proceden del IPREM utilizado para esta prestación, en 2026 el SEPE mantiene como referencia un IPREM mensual de 600 euros y, para los topes de la prestación contributiva, la ley utiliza el IPREM incrementado en una sexta parte.

Ejemplo de una persona a la que le afecta el máximo

Supongamos una base reguladora mensual de 1.800 euros y una persona sin hijos a cargo.

  • 70 % de 1.800 € = 1.260 €.
  • El máximo general sin hijos en 2026 es 1.225 €.
  • Durante esa fase no cobraría 1.260 €, sino 1.225 € brutos al mes.

Cuando pase al 60 %:

  • 60 % de 1.800 € = 1.080 €.
  • 1.080 € ya está por debajo del máximo de 1.225 €.
  • La prestación bruta pasaría a ser, en principio, 1.080 € al mes.

Esto explica por qué algunas personas notan una bajada distinta de la que esperaban al llegar al día 181, durante la primera etapa podían estar limitadas por el máximo y no estar cobrando realmente el 70 % completo de su base.

Ejemplo con un hijo a cargo

Con la misma base reguladora de 1.800 euros, pero teniendo un hijo a cargo, el máximo mensual de 2026 es de 1.400 euros.

El 70 % son 1.260 euros, así que no se alcanza el tope, en ese caso la prestación teórica de los primeros 180 días sería de 1.260 euros brutos, a partir del día 181, el 60 % serían 1.080 euros.

Tener hijos a cargo no añade automáticamente una cantidad fija al paro, lo que hace, en la prestación contributiva, es modificar los límites mínimos y máximos aplicables.

Qué entiende el SEPE por hijo o hija a cargo para estos topes

No basta con tener hijos, a estos efectos deben cumplirse las condiciones que utiliza el SEPE, con carácter general se tienen en cuenta hijos e hijas menores de 26 años, mayores de esa edad con discapacidad o menores acogidos, cuando dependan económicamente de la persona beneficiaria y no superen el límite de rentas establecido para considerarlos a cargo.

En 2026 el SMI mensual publicado es de 1.221 euros, si tu situación familiar cambia mientras cobras la prestación —por ejemplo, nace un hijo, uno deja de estar a tu cargo o empieza a percibir ingresos que afectan a esta consideración— conviene comunicarlo al SEPE porque puede modificar el tope aplicable.

Si has trabajado a tiempo parcial, cuidado con usar los topes completos

Este es otro punto en el que una calculadora casera puede engañar, la Ley General de la Seguridad Social establece que, cuando el desempleo procede de trabajos a tiempo parcial o has combinado jornadas diferentes, los topes mínimo y máximo se determinan teniendo en cuenta el promedio de las horas trabajadas durante los últimos 180 días, ponderado según los días trabajados en cada empleo.

Por tanto, los 560, 749, 1.225, 1.400 y 1.575 euros de la tabla anterior no deben aplicarse sin más como si todas las situaciones fueran de jornada completa.

Si en los últimos 180 días has tenido contratos con porcentajes de jornada diferentes, el SEPE calcula el promedio correspondiente, la base reguladora también se obtiene con las cotizaciones reales de ese periodo, en estos casos es especialmente recomendable utilizar el simulador del SEPE o comprobar la resolución antes de dar por buena una cifra hecha a mano.

¿Trabajar a media jornada significa tener la mitad de meses de paro?

No necesariamente, para determinar la duración de la prestación, el SEPE indica que, cuando las cotizaciones corresponden a un trabajo a tiempo parcial, se tiene en cuenta la duración del contrato o de la actividad, es decir, un contrato a tiempo parcial no convierte automáticamente cada dos días trabajados en un solo día cotizado a efectos de duración.

La jornada parcial sí puede influir claramente en la cuantía, porque las bases de cotización suelen ser menores y, además, los topes mínimo y máximo se ajustan según el promedio de horas trabajadas en el periodo de referencia.

Ejemplo completo: calcular duración y cuantía

Imaginemos a una persona que ha perdido su empleo y tiene estos datos:

  • 1.200 días de cotización computable por desempleo.
  • Ha trabajado a jornada completa.
  • Las bases computables de sus últimos 180 días suman 10.800 euros.
  • No tiene hijos a cargo.

1, duración

Con 1.200 días cotizados se encuentra en el tramo de 1.080 a 1.259 días, le corresponden 360 días de prestación, es decir, aproximadamente 12 meses.

2, base reguladora

10.800 € ÷ 180 = 60 € diarios.

60 € × 30 días = una base reguladora mensual aproximada de 1.800 €.

3, primeros 180 días

1.800 € × 70 % = 1.260 €.

Como no tiene hijos a cargo, en 2026 el máximo mensual para jornada completa es 1.225 €, por tanto, durante esta primera fase la prestación bruta quedaría limitada a 1.225 € mensuales.

4, desde el día 181

1.800 € × 60 % = 1.080 €.

Esta cifra ya no supera el máximo, por lo que, en principio, sería la cuantía bruta mensual desde el día 181 hasta que se agoten los 360 días reconocidos.

Otro ejemplo: 700 días cotizados

Una persona con 700 días cotizados entra en el tramo de 540 a 719 días, le corresponden 180 días de prestación, es decir, seis meses.

Como su derecho termina justamente en los 180 días, en una situación ordinaria no llegaría a la fase del 60 %, toda su prestación se calcularía aplicando el 70 % de la base reguladora, con los topes que correspondan.

Este ejemplo también sirve para entender por qué no todas las personas llegan a notar la reducción del 70 % al 60 %: para que eso ocurra necesitas tener reconocido un periodo superior a 180 días.

¿Se cobra exactamente esa cantidad en la cuenta bancaria?

No, las cantidades calculadas hasta aquí son importes brutos, la prestación contributiva lleva cotización a la Seguridad Social y puede llevar retención de IRPF.

En la tabla anual del SEPE para 2026 figura una cotización a la Seguridad Social del 4,85 %, además, el SEPE puede practicar retención de IRPF en función de la cuantía que se prevea percibir durante el año y de tus circunstancias personales y familiares.

Hay una precisión importante: la cotización durante el desempleo no debe calcularse simplemente restando un porcentaje al importe bruto que acabamos de obtener, la base de cotización a la Seguridad Social durante la prestación puede ser la base reguladora correspondiente, incluso cuando la prestación está limitada por un tope máximo, por eso, si quieres conocer el neto con precisión, la resolución del SEPE y el recibo de la prestación son más fiables que una resta rápida.

También pueden existir otros descuentos menos habituales, por ejemplo una compensación de cantidades cobradas indebidamente o un embargo.

¿Las pagas extra se cobran aparte durante el paro?

No esperes una paga extraordinaria adicional en junio o diciembre como ocurriría en algunas nóminas, la prestación contributiva se abona por mensualidades de 30 días y la forma de calcular la base ya parte de las cotizaciones correspondientes.

Por eso, al comparar tu antiguo sueldo con el paro, es mejor comparar bases y cantidades mensuales equivalentes y no pensar en «doce mensualidades más dos extras».

Cómo localizar los datos necesarios en tus nóminas

Si quieres hacer la cuenta antes de solicitar el paro, reúne las nóminas correspondientes aproximadamente a los últimos seis meses trabajados, busca el apartado de bases de cotización, el nombre exacto puede variar según el formato de la nómina.

Si has tenido una sola empresa y una base idéntica durante los seis meses, la estimación es sencilla, si las bases varían cada mes, suma las correspondientes al periodo, si has cambiado de empresa, necesitarás contemplar los distintos contratos y bases.

No hace falta obsesionarse con que seis nóminas equivalgan siempre exactamente a 180 días, el cálculo legal se refiere a los últimos 180 días cotizados, y el SEPE dispone de los datos de cotización y certificados de empresa para efectuarlo.

Qué pasa si tu sueldo cambió poco antes de quedarte en paro

La última nómina por sí sola no determina la prestación, si te subieron el sueldo el último mes, esa subida solo influirá en la parte del periodo de 180 días en la que realmente se cotizó con la nueva base, del mismo modo, una reducción de salario o jornada durante parte de esos seis meses puede bajar el promedio.

Ejemplo: si durante cinco meses cotizaste por una base de 1.500 euros y el último mes por 2.100 euros, no se calculará el paro como si hubieras cotizado 2.100 euros durante todo el semestre, se hará el promedio de las bases del periodo correspondiente.

¿Qué ocurre si has tenido varios contratos a la vez?

Cuando existen empleos simultáneos, contratos a tiempo parcial o se pierde uno de varios trabajos, el cálculo puede dejar de ser intuitivo, la ley contiene reglas específicas tanto para la base reguladora como para los topes y para la compatibilidad con el empleo que se mantiene.

En esos casos es mejor no multiplicar simplemente el último salario por el 70 %, la simulación puede servir de orientación, pero la cifra vinculante será la que reconozca el SEPE con todas las cotizaciones y contratos incorporados al expediente.

¿Qué cotizaciones se utilizan para calcular la duración?

Con carácter general, se toman las cotizaciones por desempleo computables del periodo legal correspondiente, normalmente los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar, no puedes volver a utilizar cotizaciones que ya sirvieron para generar un derecho anterior y fueron consumidas conforme a las reglas aplicables.

Si tenías una prestación suspendida y después has vuelto a trabajar durante suficiente tiempo para generar un nuevo derecho, puede aparecer el llamado derecho de opción: en determinadas circunstancias podrás tener que elegir entre reanudar el derecho anterior o cobrar el nuevo, esa elección tiene consecuencias sobre las cotizaciones, así que no conviene decidir únicamente comparando la mensualidad.

Errores frecuentes al calcular el paro

  • Calcularlo sobre el sueldo neto. El dato de partida son las bases de cotización, no lo ingresado en el banco.
  • Pensar que siempre se cobra el 70 %. A partir del día 181 el porcentaje general es del 60 %.
  • Olvidar los topes. Una base alta no permite superar el máximo legal y una base baja puede quedar afectada por el mínimo aplicable.
  • Usar los topes de jornada completa después de haber trabajado a tiempo parcial. La ley obliga a considerar el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días.
  • Contar todos los años trabajados de tu vida. No todas las cotizaciones históricas están disponibles para generar el derecho actual.
  • Guardar mentalmente los días que sobran de un tramo. Si tienes 420 días cotizados, el SEPE reconoce 120 días de prestación; el exceso dentro de ese tramo no se reserva para otro paro.
  • Confundir cantidad bruta con cantidad neta. Después pueden aplicarse cotizaciones, IRPF y otros descuentos.
  • Dar por hecho que tener un hijo suma una cantidad fija. En la contributiva, los hijos a cargo modifican los límites mínimos y máximos.

Una forma rápida de hacer tu propia estimación

Si tu situación es sencilla —un solo empleo, jornada completa y bases estables— puedes hacer este cálculo:

  1. Comprueba cuántos días cotizados por desempleo tienes disponibles.
  2. Busca ese número en la tabla de duración.
  3. Calcula el promedio de las bases de cotización de los últimos 180 días.
  4. Aplica el 70 % para los primeros 180 días de prestación.
  5. Si tienes derecho a más de 180 días, aplica el 60 % desde el día 181.
  6. Compara cada resultado con el mínimo y el máximo que te corresponda.
  7. Recuerda que el resultado es bruto y que el importe neto puede ser inferior.

Si has tenido varias jornadas, varios empleos simultáneos, una reducción de jornada, una prestación anterior suspendida o cualquier situación menos lineal, utiliza esta cuenta solo como orientación.

¿Dónde puedo comprobar el cálculo antes de solicitarlo?

El SEPE dispone de herramientas de autocálculo y de servicios para consultar la prestación, el simulador sirve para obtener una orientación, pero el resultado no sustituye a la resolución administrativa.

Una vez reconocida la prestación, revisa especialmente tres datos de la resolución: días de derecho, base reguladora y cuantía diaria o mensual, si alguno no encaja con tus cotizaciones o con tu situación familiar, conviene comprobar los certificados de empresa y las bases antes de asumir que el cálculo es correcto.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paro me corresponde por un año trabajado?

Si reúnes 360 días cotizados computables, entras en el primer tramo y corresponden 120 días de prestación, aproximadamente cuatro meses.

¿Cuánto paro corresponde por dos años trabajados?

Con 720 días cotizados se accede al tramo de 720 a 899 días, que da derecho a 240 días de prestación, aproximadamente ocho meses.

¿Cuánto hay que cotizar para cobrar dos años de paro?

Para alcanzar la duración máxima general de 720 días de prestación necesitas 2.160 días cotizados computables, equivalentes a unos seis años.

¿A los seis meses siempre baja el paro?

El porcentaje pasa del 70 % al 60 % de la base reguladora desde el día 181, sin embargo, la cantidad efectiva puede no bajar exactamente diez puntos sobre lo que estabas cobrando, porque pueden intervenir los topes mínimos y máximos.

¿El paro se calcula con el salario bruto?

No exactamente, se calcula con las bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días, aunque esas bases están relacionadas con el salario bruto, no es correcto sustituirlas automáticamente por el neto ni por la última nómina.

¿Tener hijos hace que cobre más paro?

Puede hacerlo si el resultado de tu cálculo alcanza un mínimo o un máximo, los hijos a cargo elevan determinados topes, pero no existe un complemento fijo por hijo añadido a cualquier prestación.

¿Puedo saber el importe exacto antes de pedirlo?

Puedes obtener una estimación muy cercana si conoces tus bases, jornadas y cotizaciones, pero el importe definitivo lo reconoce el SEPE, los contratos parciales, varios empleos, derechos anteriores o cambios recientes pueden hacer que una cuenta simple no coincida con la resolución.

Qué conviene guardar cuando te reconozcan la prestación

Conserva la resolución del SEPE y, si has hecho tus propios cálculos, las nóminas o datos de cotización que utilizaste, no solo sirven para comprobar la primera mensualidad, también resultan útiles si más adelante tienes que reanudar la prestación, ejercer un derecho de opción o aclarar por qué una cantidad cambia.

La idea más útil para no equivocarse es separar siempre las dos preguntas: los días cotizados determinan cuánto dura el paro; las bases de los últimos 180 días determinan cuánto se cobra, después se aplican los porcentajes, los topes y las deducciones que correspondan.

https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/prestacion-contributiva/prestacion-contributiva-mas-de-un-anyo https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/duracion-prestacion-contributiva https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/Cuantias-anuales https://www.sepe.es/HomeSepe/preguntas-frecuentes/detalle-pregunta?detail=/preguntas/prestaciones-por-desempleo/requisitos-de-acceso-a-las-prestaciones/he-trabajado-420-dias-y-cobrado-4-meses-de-paro-como-si-hubiese-trabajado-360-se-pueden-guardar-para-otra-prestacion-los-dias-que-sobran https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724#a270

Autora: María Becerra (Abogada)

Antes de realizar cualquier trámite burocratico tener en cuenta tener a mano toda la documentación necesaria que pudiera hacer falta, y si además lo pudiera tener fotocopiado mejor.
Casi siempre es necesaria tener cita prévia con cada una de las administraciones, se puede solicitar desde la aplicación, desde la web o desde el número de teléfono.

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