Bono Social Térmico 2026: requisitos económicos, cuantía y cómo mantenerlo

Guía actualizada a 7 de octubre de 2026.

El Bono Social Térmico (BST) es una ayuda económica anual destinada a compensar parte de los gastos de calefacción, agua caliente sanitaria o cocina de los consumidores vulnerables, a diferencia del Bono Social Eléctrico, no consiste en un descuento mensual en una factura: normalmente se abona mediante un pago único gestionado por la comunidad autónoma.

La primera aclaración es fundamental: el Bono Social Térmico no tiene un requisito económico independiente que tengas que superar cada año mediante una nueva solicitud.

La regla estatal es mucho más sencilla:

Para ser beneficiario del Bono Social Térmico de un año, debes ser beneficiario del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año anterior y no renunciar a la ayuda.

Por tanto:

  • para el Bono Social Térmico 2026, la fecha decisiva fue el 31 de diciembre de 2025;
  • para tener derecho al Bono Social Térmico 2027, deberás mantener el Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre de 2026.

Los requisitos de renta importan de forma indirecta: son los que determinan si puedes conservar la condición de consumidor vulnerable o vulnerable severo en el Bono Social Eléctrico.

Resumen rápido

PreguntaRespuesta
¿Hay que solicitar el Bono Social Térmico?No, con carácter general. Se reconoce a quienes tenían Bono Social Eléctrico el 31 de diciembre del año anterior.
¿Tiene un límite de renta propio?No. Depende de los requisitos del Bono Social Eléctrico.
¿Quién lo paga?La comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía.
¿Cómo se cobra?Mediante un pago único anual.
¿Cuánto se cobra como mínimo en 2026?La ayuda mínima estatal se elevó a 50 € por beneficiario.
¿Un vulnerable severo cobra más?Sí, recibe un 60 % más que un vulnerable ordinario situado en la misma zona climática.
¿Influye dónde vives?Sí, la cuantía aumenta según la severidad climática invernal de la localidad.
¿Hay que tener gas natural?No. La ayuda cubre necesidades térmicas independientemente de la fuente de energía utilizada.
¿Se puede renunciar?Sí, la normativa obliga a garantizar la posibilidad de renunciar.

Qué significa realmente “mantener” el Bono Social Térmico

No mantienes el BST mediante una renovación independiente.

Lo que necesitas mantener es el Bono Social Eléctrico en la fecha de corte anual.

El artículo 8 del Real Decreto-ley 15/2018 establece que en cada ejercicio serán beneficiarios del Bono Social Térmico quienes sean beneficiarios del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año anterior.

Esto tiene una consecuencia práctica importante:

si tienes Bono Social Eléctrico durante casi todo 2026 pero lo pierdes antes del 31 de diciembre de 2026, podrías quedarte fuera del Bono Social Térmico 2027.

Por el contrario, para el BST 2026 la fotografía jurídica ya se tomó el 31 de diciembre de 2025.

Si tus ingresos aumentan durante 2026, ¿pierdes el Bono Social Térmico 2026?

La condición de beneficiario del BST 2026 viene determinada por haber sido beneficiario del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre de 2025.

Por ello, un aumento posterior de ingresos durante 2026 no cambia por sí mismo aquella fecha de referencia ya producida.

Otra cuestión distinta es el Bono Social Eléctrico: si dejan de cumplirse sus requisitos, deben comunicarse los cambios en los términos previstos en su normativa, perder el bono eléctrico antes del siguiente 31 de diciembre puede afectar al Bono Social Térmico del año siguiente.

Requisitos económicos que importan para conservar el Bono Social Eléctrico en 2026

Si lo que quieres es asegurarte el acceso al Bono Social Térmico 2027, debes llegar al 31 de diciembre de 2026 siendo beneficiario del Bono Social Eléctrico.

En 2026, el umbral general para consumidor vulnerable parte de:

1,5 × IPREM de 14 pagas = 12.600 € anuales

para una persona sola.

Cuando existe una unidad de convivencia se añaden:

  • 0,3 IPREM por cada adulto adicional;
  • 0,5 IPREM por cada menor.

Con un IPREM anual de 8.400 €, los principales límites quedan así:

Unidad de convivenciaLímite vulnerableLímite vulnerable severo
1 adulto12.600 €6.300 €
2 adultos15.120 €7.560 €
1 adulto + 1 menor16.800 €8.400 €
3 adultos17.640 €8.820 €
2 adultos + 1 menor19.320 €9.660 €
1 adulto + 2 menores21.000 €10.500 €
3 adultos + 1 menor21.840 €10.920 €
2 adultos + 2 menores23.520 €11.760 €
1 adulto + 3 menores25.200 €12.600 €
2 adultos + 3 menores27.720 €13.860 €

El límite de vulnerable severo es, con carácter general, el 50 % del umbral aplicable al consumidor vulnerable.

Circunstancias especiales: el umbral puede aumentar

La normativa del Bono Social Eléctrico eleva el umbral de renta cuando concurre alguna de las circunstancias especiales previstas.

Entre ellas se encuentran actualmente:

  • discapacidad reconocida igual o superior al 33 %;
  • víctima de violencia de género;
  • víctima de terrorismo;
  • dependencia reconocida de grado II o III;
  • familia monoparental en los términos previstos;
  • situaciones de electrodependencia contempladas por la regulación vigente.

En estos supuestos, el umbral general para consumidor vulnerable aumenta en 1 IPREM anual, es decir, 8.400 €.

Ejemplo

Una persona sola tendría un límite ordinario de:

12.600 €.

Si concurre una circunstancia especial:

12.600 + 8.400 = 21.000 €.

Para vulnerable severo, el límite sería el 50 %:

10.500 €.

Familias numerosas

Las familias numerosas cuentan con una vía específica para ser consideradas consumidor vulnerable a efectos del Bono Social Eléctrico mientras el título de familia numerosa esté vigente.

No se les aplica el límite general de renta para adquirir la categoría de vulnerable.

Sin embargo, para ser consideradas vulnerables severas sí deben cumplir un límite económico específico:

2 × IPREM = 16.800 € anuales.

Por tanto, si tu Bono Social Eléctrico depende exclusivamente del título de familia numerosa y éste caduca antes del 31 de diciembre, debes renovarlo o acreditar otra vía de acceso para evitar problemas de cara al Bono Social Térmico del año siguiente.

Pensionistas con pensión mínima

Existe también una vía específica para titulares y unidades de convivencia cuyos miembros con ingresos sean pensionistas del sistema de la Seguridad Social por:

  • jubilación;
  • incapacidad permanente;

y perciban la cuantía mínima vigente correspondiente, siempre que los demás ingresos agregados no superen 500 € anuales.

Para ser vulnerable severo por esta vía, la renta anual debe ser igual o inferior a:

1 IPREM = 8.400 €.

Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital

Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) disponen igualmente de una vía específica para acceder a la condición de consumidor vulnerable.

Para comprobar si corresponde la categoría de vulnerable severo se aplican los criterios económicos previstos para esa categoría.

Por tanto, percibir IMV puede permitir mantener el Bono Social Eléctrico y, si se conserva esa condición a 31 de diciembre, generar el derecho al Bono Social Térmico del ejercicio siguiente.

¿Hay que presentar una nueva solicitud para el Bono Social Térmico?

No con carácter general.

El Ministerio obtiene de las comercializadoras la relación de personas que eran beneficiarias del Bono Social Eléctrico en la fecha de referencia y las comunidades autónomas gestionan posteriormente la ayuda.

Sin embargo, esto no significa que puedas ignorar todas las comunicaciones.

La comunidad autónoma puede necesitar que:

  • confirmes tus datos personales;
  • indiques o corrijas una cuenta bancaria;
  • actualices información necesaria para el pago;
  • respondas a un requerimiento;
  • comuniques si quieres renunciar.

La ayuda se reconoce automáticamente por la condición previa de beneficiario, pero el procedimiento de pago puede exigir actuaciones administrativas.

Ejemplo real: en Andalucía se están pagando en 2026 ayudas del ejercicio 2025

El año que aparece en el Bono Social Térmico y el año en que el dinero llega a la cuenta no siempre coinciden.

En Andalucía, por ejemplo, durante 2026 se han publicado resoluciones parciales para realizar el pago del Bono Social Térmico correspondiente al ejercicio 2025.

La Junta inició ese procedimiento en marzo de 2026 y posteriormente publicó resoluciones parciales de pago en mayo y junio.

Esto explica por qué una persona puede recibir en 2026 un ingreso identificado como BST 2025.

No significa que haya pedido una ayuda nueva en 2026: se está ejecutando administrativamente el pago correspondiente a la cohorte anterior.

Cómo saber si eres beneficiario

El punto de partida es comprobar si tenías reconocido el Bono Social Eléctrico el 31 de diciembre del año anterior.

Después:

  1. consulta el portal de servicios sociales o energía de tu comunidad autónoma;
  2. revisa cartas, SMS o notificaciones recibidas;
  3. comprueba si existe un procedimiento de confirmación de cuenta bancaria;
  4. si tu comunidad publica listados protegidos por identificadores, comprueba tu inclusión siguiendo sus instrucciones;
  5. si has cambiado de banco o domicilio, revisa cómo comunicarlo.

¿Cuánto se cobra en 2026?

El importe no es igual para todos.

Depende principalmente de:

  • la zona climática de la vivienda;
  • si eres consumidor vulnerable o vulnerable severo;
  • la disponibilidad presupuestaria anual;
  • posibles aportaciones adicionales de la comunidad autónoma.

En 2026 se produjo además una modificación importante: el Real Decreto-ley 7/2026 elevó la ayuda mínima por beneficiario a 50 euros.

Las zonas climáticas

La metodología estatal utiliza seis categorías de severidad climática invernal:

  • zona ?;
  • zona A;
  • zona B;
  • zona C;
  • zona D;
  • zona E.

En términos generales, una vivienda situada en una zona con invierno más severo recibe una cuantía superior porque se presume una mayor necesidad de energía para calefacción.

La zona no se determina simplemente por la provincia, la metodología tiene en cuenta la clasificación climática aplicable y la altitud de la localidad, por lo que dos municipios de una misma provincia pueden tener distinta zona.

Consumidor vulnerable severo: cobra un 60 % más

La norma estatal establece que la ayuda correspondiente a un consumidor vulnerable severo o en riesgo de exclusión social será un:

60 % superior

a la asignada en la misma zona climática a un consumidor vulnerable ordinario.

Ejemplo

Si para una determinada zona climática la ayuda calculada para un consumidor vulnerable fuese de:

120 €,

un vulnerable severo recibiría:

120 € × 1,60 = 192 €.

El ejemplo sirve para entender la relación entre categorías; la cifra real de cada ejercicio dependerá del cálculo oficial.

La ayuda mínima de 50 € no significa que todo el mundo cobre 50 €

Los 50 euros son el mínimo estatal introducido en 2026 para un beneficiario.

La cuantía final puede ser superior porque se añade el componente asociado a la severidad climática y se aplica, cuando corresponda, el incremento del 60 % para vulnerable severo.

Por tanto, no debe interpretarse así:

“El Bono Social Térmico 2026 son 50 €.”

La afirmación correcta es:

“Desde marzo de 2026, la ayuda mínima estatal por beneficiario es de 50 €, y la cantidad final depende de zona climática, vulnerabilidad y presupuesto.”

Presupuesto reforzado en 2026

El Real Decreto-ley 7/2026 aprobó un suplemento de crédito de 90 millones de euros para el Bono Social Térmico 2026.

Ese suplemento se añadió a una previsión existente de 335 millones de euros, por lo que el marco presupuestario previsto alcanza:

425 millones de euros.

La existencia de un presupuesto mayor no significa una cantidad fija idéntica para todos los beneficiarios: la distribución sigue la metodología legal.

¿Necesitas una factura de gas para cobrarlo?

No.

El Bono Social Térmico tiene como finalidad compensar necesidades de energía destinadas a:

  • calefacción;
  • agua caliente sanitaria;
  • cocina;
  • o apoyar actuaciones de ahorro y eficiencia energética.

La ayuda no está limitada a usuarios de gas natural.

Puede beneficiar a hogares que utilicen, según su situación:

  • electricidad;
  • gas;
  • butano o propano;
  • biomasa;
  • gasóleo;
  • otros sistemas térmicos.

El criterio de acceso es ser beneficiario del Bono Social Eléctrico en la fecha de corte, no presentar una determinada factura de combustible.

¿Hay que justificar en qué gastas el dinero?

El Bono Social Térmico se configura como una ayuda directa destinada a compensar los gastos térmicos del hogar.

No funciona, con carácter general, como una subvención de obra en la que debas aportar posteriormente facturas de una caldera, pellets o aislamiento para justificar cada euro recibido.

La comunidad autónoma puede requerir datos administrativos necesarios para el pago, pero el sistema estatal se basa en la condición previa de beneficiario y en la cuantía calculada conforme a la metodología legal.

¿Es compatible con otras ayudas?

Sí.

El Real Decreto-ley 15/2018 establece expresamente que el Bono Social Térmico es compatible con:

  • el Bono Social Eléctrico;
  • otras subvenciones;
  • otras ayudas;
  • otros ingresos o recursos públicos o privados para la misma finalidad.

Esto no impide que otra ayuda concreta tenga sus propias reglas de incompatibilidad, por lo que siempre conviene revisar las bases de la segunda ayuda.

¿Se puede renunciar al Bono Social Térmico?

Sí.

Las comunidades autónomas deben garantizar al beneficiario la posibilidad de renunciar a la ayuda.

Puede resultar relevante, por ejemplo, si una persona no quiere recibirla por motivos fiscales o administrativos.

Pero antes de renunciar conviene comprender exactamente las consecuencias, porque la renuncia supone perder el pago correspondiente.

Atención: el Bono Social Térmico tributa en el IRPF

Éste es uno de los aspectos económicos que más fácilmente se pasan por alto.

La Agencia Tributaria considera el Bono Social Térmico una ganancia patrimonial derivada de una ayuda pública que se integra en la base imponible general del IRPF.

La ayuda se imputa fiscalmente al periodo en el que se cobra.

Ejemplo

Si recibes en noviembre de 2026 un Bono Social Térmico de 180 €:

esos 180 € se consideran, con carácter general, una ganancia patrimonial del ejercicio 2026 a efectos de IRPF.

Esto no significa que vayas a pagar 180 € de impuestos, significa que la ayuda se suma a las rentas que integran la base general y su efecto dependerá de tu situación fiscal.

¿Puede el propio Bono Social Térmico influir en futuras comprobaciones de renta?

Puede tener un efecto indirecto.

El Bono Social Eléctrico utiliza información fiscal del último periodo disponible para comprobar determinados requisitos de renta, como el BST se integra en la base general del IRPF en el ejercicio en que se cobra, puede formar parte de la información fiscal que se utilice en una comprobación futura cuando ese ejercicio sea el último disponible.

En la mayoría de los casos será una cantidad relativamente pequeña frente al conjunto de ingresos, pero una persona que se encuentre muy cerca del límite debería tenerlo en cuenta.

El efecto concreto dependerá del momento de la comprobación, de la renta total y de la normativa aplicable entonces.

Qué pasa si la cuenta bancaria está mal

Uno de los motivos frecuentes de retraso es que la Administración no tenga una cuenta válida o actualizada.

Por eso debes revisar las comunicaciones de tu comunidad autónoma.

Puede ser necesario:

  • confirmar un IBAN;
  • cambiar una cuenta cerrada;
  • acreditar titularidad bancaria;
  • corregir datos personales;
  • subsanar una incidencia.

Ser beneficiario no garantiza que una transferencia pueda ejecutarse si los datos bancarios no son válidos.

Si no recibes el pago, no vuelvas a solicitar el Bono Social Eléctrico sólo por eso

El retraso del Bono Social Térmico puede deberse a la gestión autonómica y no necesariamente a que hayas perdido el derecho.

Comprueba:

  1. si eras beneficiario del Bono Social Eléctrico en la fecha de corte;
  2. si tu comunidad ha iniciado ya el procedimiento de ese ejercicio;
  3. si apareces en la relación de beneficiarios cuando exista consulta habilitada;
  4. si debes confirmar la cuenta bancaria;
  5. si existe alguna notificación de subsanación;
  6. si el pago se está realizando por resoluciones parciales.

Por qué puede cobrarse con retraso

El proceso requiere varias fases:

  1. determinar quién tenía Bono Social Eléctrico el 31 de diciembre;
  2. calcular la distribución territorial del presupuesto;
  3. transferir los fondos a las comunidades autónomas;
  4. identificar y comunicar a los beneficiarios;
  5. confirmar o corregir datos cuando sea necesario;
  6. dictar las resoluciones de pago;
  7. ordenar las transferencias.

Por eso, el Bono Social Térmico de un ejercicio puede materializarse en la cuenta bancaria muchos meses después.

Qué debes hacer para no perder el del año siguiente

Si quieres mantener el acceso al Bono Social Térmico futuro, céntrate en conservar correctamente el Bono Social Eléctrico.

  1. Comprueba que sigues cumpliendo los requisitos económicos o de categoría.
  2. Mantén el PVPC y no cambies inadvertidamente al mercado libre.
  3. Asegúrate de que el contrato de electricidad sigue a tu nombre.
  4. Si eres familia numerosa, renueva el título antes de su caducidad.
  5. Comunica cambios en la unidad de convivencia cuando proceda.
  6. Facilita los consentimientos necesarios para las comprobaciones.
  7. Responde a solicitudes de renovación o subsanación.
  8. Comprueba especialmente tu situación antes del 31 de diciembre.

Ejemplo 1: tienes Bono Social Eléctrico el 31 de diciembre

Una persona tiene reconocido el Bono Social Eléctrico durante 2026 y sigue siendo beneficiaria el 31 de diciembre de 2026.

Si se mantiene la normativa actual:

será beneficiaria del Bono Social Térmico 2027 sin tener que presentar una solicitud inicial independiente.

Después tendrá que atender el procedimiento de pago de su comunidad autónoma.

Ejemplo 2: cambias al mercado libre en diciembre

Una persona ha tenido Bono Social Eléctrico desde enero hasta noviembre de 2026, pero el 10 de diciembre acepta una oferta comercial y abandona el PVPC.

Al dejar de ser beneficiaria antes del 31 de diciembre:

no cumpliría la condición estatal de ser beneficiaria del Bono Social Eléctrico en la fecha de referencia para el BST 2027.

Este ejemplo muestra por qué hay que tener especial cuidado con las llamadas comerciales y cambios de tarifa a final de año.

Ejemplo 3: familia numerosa cuyo título caduca

Una familia mantiene el Bono Social Eléctrico por su condición de familia numerosa, pero el título caduca el 1 de diciembre.

Si no lo renueva y no cumple otra vía de acceso al bono eléctrico, podría perder su condición antes del 31 de diciembre.

El problema no sería directamente “un requisito del Bono Social Térmico”, sino haber dejado de reunir el requisito que genera el derecho al bono eléctrico en la fecha clave.

Ejemplo 4: vulnerable severo en una zona fría

Dos hogares viven en la misma zona climática:

  • hogar A: consumidor vulnerable;
  • hogar B: consumidor vulnerable severo.

Si la cuantía calculada para el hogar vulnerable es 150 €:

el vulnerable severo recibiría:

150 € × 1,60 = 240 €.

La diferencia no se debe a que el hogar haya presentado más facturas de calefacción, sino a su grado de vulnerabilidad reconocido.

Errores frecuentes sobre el Bono Social Térmico

  • “Tengo que solicitarlo todos los años”. No con carácter general; nace de ser beneficiario del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año anterior.
  • “Tiene sus propios límites de renta”. No: utiliza indirectamente la categoría reconocida en el bono eléctrico.
  • “Si cobro el bono eléctrico en octubre, ya tengo asegurado el térmico del año siguiente”. Lo decisivo es seguir siendo beneficiario el 31 de diciembre.
  • “El térmico es un descuento en la factura de gas”. No: es una ayuda económica anual y no exige tener gas natural.
  • “Todos cobran la misma cantidad”. No: depende de zona climática y grado de vulnerabilidad.
  • “En 2026 todo el mundo cobra como mínimo 50 € y nada más”. 50 € es el mínimo; la cuantía final puede ser superior.
  • “Un vulnerable severo cobra el mismo importe”. No: recibe un 60 % más que un vulnerable ordinario en la misma zona.
  • “Si me corresponde, no tengo que hacer absolutamente nada”. Puede ser necesario confirmar o corregir datos de pago ante la comunidad autónoma.
  • “No tributa porque es una ayuda social”. La AEAT la considera ganancia patrimonial integrada en la base general del IRPF.
  • “Si no me han pagado todavía, he perdido el derecho”. No necesariamente; algunos procedimientos autonómicos se ejecutan con retraso.

Checklist para mantener el acceso al Bono Social Térmico

  • ? Tengo Bono Social Eléctrico vigente.
  • ? Mi contrato sigue en PVPC.
  • ? La potencia contratada sigue dentro de los requisitos.
  • ? El suministro corresponde a mi vivienda habitual.
  • ? Sigo cumpliendo la vía de renta, familia numerosa, pensión mínima o IMV que me corresponda.
  • ? He comunicado los cambios relevantes de mi unidad de convivencia.
  • ? Si dependo del título de familia numerosa, está vigente.
  • ? Compruebo especialmente mi situación a 31 de diciembre.
  • ? Reviso las comunicaciones de mi comunidad autónoma sobre el pago del BST.
  • ? Mi cuenta bancaria está actualizada.
  • ? Sé que el Bono Social Térmico recibido debe revisarse en mi declaración de IRPF.

Conclusión

El Bono Social Térmico no tiene un examen económico separado. El requisito esencial es ser beneficiario del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año anterior.

Por eso, si quieres conservar el derecho al BST del año siguiente, debes mantener correctamente tu Bono Social Eléctrico: seguir en PVPC, conservar la condición de consumidor vulnerable o vulnerable severo y actualizar cualquier circunstancia que pueda modificar tu derecho.

En 2026 la ayuda tiene además dos novedades relevantes: el mínimo estatal ha aumentado a 50 € por beneficiario y el Gobierno ha reforzado el presupuesto con 90 millones adicionales, hasta una previsión total de 425 millones.

La cuantía final no depende sólo de tus ingresos: intervienen también la zona climática y el grado de vulnerabilidad, los vulnerables severos y quienes están en riesgo de exclusión social reciben un 60 % más que un vulnerable ordinario en la misma zona.

Y recuerda el calendario: tener derecho a una ayuda de un ejercicio no significa necesariamente cobrarla durante ese mismo año, la gestión y el pago son autonómicos y pueden producirse meses después.

https://www.miteco.gob.es/es/energia/pobreza-energetica/pe-001/que-es.html https://www.miteco.gob.es/es/energia/pobreza-energetica/pe-001/requisitos.html https://www.miteco.gob.es/es/energia/pobreza-energetica/pe-001/preguntas-frecuentes-bono-social.html https://www.boe.es/eli/es/rdl/2018/10/05/15/con https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2018-13593&p=20260321&tn=0 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-6544&p=20260930&tn=0 https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2026-6544 https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/novedades-impuesto/novedades-publicadas-informa-2022/novedades-publicadas-informa-mes-febrero.html https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-ayuda-presentacion/irpf-2025/7-cumplimentacion-irpf/7_6-ganancias-perdidas-patrimoniales/7_6_6-cumplimentacion/7_6_6_1-apartado-f1/otras-ganancias-perdidas-patrimoniales-que-derivan.html https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24709 https://www.juntadeandalucia.es/boja/2026/68/66 https://www.juntadeandalucia.es/boja/2026/92/59 https://www.juntadeandalucia.es/boja/2026/126/54

Autora: María Becerra (Abogada)

Antes de realizar cualquier trámite burocratico tener en cuenta tener a mano toda la documentación necesaria que pudiera hacer falta, y si además lo pudiera tener fotocopiado mejor.
Casi siempre es necesaria tener cita prévia con cada una de las administraciones, se puede solicitar desde la aplicación, desde la web o desde el número de teléfono.

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